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viernes, 12 de abril de 2013

Reglamento Interno de Conducta de Escuela


Reglamento interno vigente de la escuela primaria “Francisco. I. Madero”

ALUMNOS

Los alumnos de la escuela de educación básica deberán seguir las siguientes reglas de conducta:

1.- respetar raza, credo, nacionalidad, sexo, género, ideología, cultura y demás características y particularidades tanto físicas como sicológicas de los integrantes de la comunidad escolar.

2.-  respetar la autoridad del personal directivo, profesor es y demás integrantes del plantel escolar.

3.-cumplir con los trabajos y actividades escolares que la escuela y los profesores les indiquen realizar, incluyendo en los casos de ausencia a la escuela, esto último de acuerdo a sus posibilidades.

4. Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo rendimiento académico según sus capacidades y el desarrollo de su personalidad, involucrándose plenamente en las actividades educativas.

5.- llegar a la escuela con los materiales y útiles que le permitan desarrollar las actividades escolares;

6.- Guardar dentro y fuera de la escuela la conducta, modales y lenguaje adecuado.

7.- cumplir con la asistencia, puntualidad y permanencia, como parte de su formación integral, estando a tiempo en los horarios establecidos para su atención y en los actos programados por la escuela;

8.- comunicar a sus padres o tutores los avisos institucionales de la escuela dirigidos expresamente a ellos;

9.- no usar teléfonos celulares, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros durante las actividades lectivas salvo cuando sean utilizados con fines educativos

10.- actuar con respeto hacia sus compañeros, no permitiéndose, en ningún caso, el ejercicio de violencia de ningún tipo ni por ningún medio;

11.- abstenerse de provocar pleitos o reñir dentro y en los alrededores del plantel escolar;

12.- guardar respeto a los valores y símbolos patrios conforme a la normatividad aplicable;

13.- guardar las previsiones y actuar conforme a la normatividad aplicable;

14.- abstenerse de vender producto alguno dentro de la escuela;

15.- respetar y cuidar las instalaciones y equipo de la escuela, haciendo uso adecuado de los bienes y servicios del plantel escolar que pone a disposición de alumnos, profesores y padres de familia;

16.- las demás que sean propias de la naturaleza de su condición escolar y las que se establezcan en el presente y otros ordenamientos aplicables.

ACTOS DE INDICIPLINA.

Los actos que ameritan la imposición de medidas disciplinarias a los alumnos se clasifican en actos leves, graves y muy graves.

El acto leve de indisciplina lo constituirá:

1.- no respetar la debida atención a sus actividades escolares y al maestro;

2.- realizar actividades o juegos ajenos a las actividades escolares autorizados por el maestro en el salón de clase;

3.- dirigirse a otros alumnos en forma irrespetuosa;

4.- distribuir propaganda de cualquier tipo sin la autorización de la dirección de la escuela;

5.- realizar y/o dar promoción a actividades en nombre de la escuela sin la debida autorización de la autoridad escolar;

6.- usar teléfonos celulares, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros durante las actividades lectivas, salvo cuando sean utilizados con fines educativos;

7.- ocasionar daños y prejuicios a recursos materiales y bienes de plantel escolar; alumnos y personal escolar, de forma no intencional, y

8.- utilizar los equipos y material de la escuela para fines diversos a los estrictamente educativos.

El acto grave de indisciplina lo constituirá:

1.- realizar actos que lesione o perjudiquen seriamente las actividades educativas;

2.- cometer actos en contra de la moral y las buenas costumbres socialmente aceptadas tanto en el interior como en los alrededores de la escuela;

3.- distribuir, poseer o consultar cualquier medio en la escuela material pornográfico;

4.- utilizar lenguaje soez, indecente o vulgar para referirse a otra persona o alumno y agredir verbalmente a sus compañeros o cualquier integrante de la comunidad escolar;

5.- desobedecer o faltar al respeto al personal escolar;

6.- abandonar el salón de clases o plantel escolar sin conocimiento o autorización del maestro o de la autoridad escolar;

7.- planificar y/o participar en el abandono del plantel escolar de  dos o más alumnos sin autorización del maestro o de la autoridad escolar, y

8.- no presentarse puntualmente o no asistir reiterativamente a su horario escolar y las actividades escolares que le convoque la escuela.

El acto muy grave de indisciplina lo constituirá:

1.- agredir al personal escolar o a cualquier persona por cualquier medio;

2.- llevar a cabo acoso escolar físico, verbal, sicológico, exclusión social, sexual y cibernético contra sus compañeros;

3.- asociarse con otros compañeros para llevar a cabo acoso escolar;

4.- causar o participar en disturbios o actos vandálicos que obstruyan o afecten el servicio educativo, así como la destrucción parcial o total de las instalaciones, mobiliario y equipo de la escuela;

5.- portar o usar en el plantel escolar cualquier instrumento considerado como arma blanca o de fuego, dispositivo, objeto o artefacto peligroso, aun cuando no sea de los prohibidos por la legislación aplicable;

6.- portar, consumir, vender o regalar en el plantel escolar cualquier tipo de sustancias toxicas. No se considerará como acto de indisciplina la portación y/o consumo por parte del alumno sustancias controladas o medicamentos recetados por un médico competente, según lo informen a la escuela los padres o tutores del menor;

7.- sustraes o apoderarse, destruir o dañar intencionalmente, dentro del plantel escolar, bienes y documentación pertenecientes a la escuela, al personal escolar, a los alumnos y demás integrantes de la comunidad escolar y terceros;

8.- alternar o falsificar la firma del padre o tutor en cualquier comunicado institucional de la escuela al padre o tutor para su firma;

9.- falsificar o alterar por cualquier medio físico, electrónico o mecánico, cualquier documento oficial; y

11.- poner en peligro con su actuación la integridad de alguna persona de la comunidad escolar.

DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS

L as medidas disciplinarias a que se estarán sujetos los alumnos conforme a la falta cometida son:

a)    Para los actos leves de indisciplina se consideran las siguientes medidas:

1.- dialogo con el alumno sin la presencia de sus compañeros;

2.- dialogo con el grupo;

3.- apercibimiento o llamada de atención verbal, al alumno en privado, y

4.-reporte de indisciplina por escrito, con copia para los padres o tutores, de cuya recepción deberán estos entregar evidencia al maestro de grupo o al personal escolar responsable; el reporte y la evidencia de recepción se agregaran al expediente del alumno.

b)    Para los actos graves de indisciplina se consideraran las siguientes medidas:

 1.- comunicación por escrito a los padres o tutores para que acudan al plantel escolar a entrevistarse con quien corresponda, en relación con el acto de indisciplina cometido por el alumno; la comunicación y el informe de la entrevista, se agregaran al expediente personal del alumno;

2.-  tareas y actividades escolares extra clase tendientes a concientizar al alumno respecto de su acto de indisciplina y las consecuencias del mismo;

3.- amonestación por escrito al alumno con aviso al padre de familia sobre indisciplina reincidente, misma que se agregara al expediente personal, y

4.- firma de carta de los padres o tutores y del alumno dirigida a la autoridad escolar, mediante la cual expresen su compromiso de contribuir con el mejoramiento de la conducta del propio alumno y aceptar el apoyo profesional especializado, donde exista la posibilidad de otorgarlo, cuando sea requerido por la autoridad escolar, documento que se agregara al expediente personal.

c)    Para los actos muy graves de indisciplina se consideraran las siguientes medidas:

1.- cambio a un grupo paralelo dentro de la misma escuela, donde las condiciones lo permitan;

2.- no asistencia a eventos escolares como excursiones, actividades deportivas, fiestas escolares, y demás actividades similares;

3.- suspensión dentro de la escuela al alumno que reincida en actos de indisciplina, en clase especifica o días escolares de acuerdo al presente ordenamiento y atendiendo a las condiciones de cada plantel, realizando actividades dirigidas a reparar los daños causados y con el consenso de los padres de familia o tutores y supervisadas, en donde sea posible, por el personal escolar, y

4.- cambio de escuela en los casos donde las condiciones lo permitan, asegurando el derecho a la educación así como lo establecido por el Artículo 182 de la Ley de Educación y el Articulo 63 del Reglamento.

Son obligaciones de los padres de familia:

1.- mandar a sus hijos con puntualidad a sus clases y a todas las actividades que obligatoriamente se realicen en la instalación escolar.

2.- participar y apoyar en el mejoramiento del servicio educativo y logro del propósito de una educación integral.

3.- notificar al director y maestro del centro escolar cuando por algún motivo su hijo tenga que retirarse del plantel o no se presente al mismo.

4.- procurar la comida de su hijo antes de ingresar a la escuela, evitando estados de desaliento y falta de interés por el estudio.

5.- cuidar la salud de sus hijos a través de una alimentación balanceada, carente de productos chatarras, como refrescos, dulces, fritangas, etc.

6.- participar en las actividades que la escuela organice con fines educativos y de evaluación del proceso formativo de los alumnos.

7.- vigilar que se cumplan con los materiales de trabajo solicitados por los docentes, así como útiles escolares requeridos.

8.- enseñar valores en la familia como honestidad, respeto, responsabilidad, tolerancia… que les permitan la convivencia pacífica, en sus relaciones con las demás personas.

9.- cumplir con los llamados cuando el docente le requiera en casos particulares o de incumbencia general, en su caso.

10.- dirigirse a los docentes con moderación y respeto cuando se traten problemas relacionados con sus hijos.

 

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