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viernes, 12 de abril de 2013

Reglamento Interno de Conducta de Escuela


Reglamento interno vigente de la escuela primaria “Francisco. I. Madero”

ALUMNOS

Los alumnos de la escuela de educación básica deberán seguir las siguientes reglas de conducta:

1.- respetar raza, credo, nacionalidad, sexo, género, ideología, cultura y demás características y particularidades tanto físicas como sicológicas de los integrantes de la comunidad escolar.

2.-  respetar la autoridad del personal directivo, profesor es y demás integrantes del plantel escolar.

3.-cumplir con los trabajos y actividades escolares que la escuela y los profesores les indiquen realizar, incluyendo en los casos de ausencia a la escuela, esto último de acuerdo a sus posibilidades.

4. Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo rendimiento académico según sus capacidades y el desarrollo de su personalidad, involucrándose plenamente en las actividades educativas.

5.- llegar a la escuela con los materiales y útiles que le permitan desarrollar las actividades escolares;

6.- Guardar dentro y fuera de la escuela la conducta, modales y lenguaje adecuado.

7.- cumplir con la asistencia, puntualidad y permanencia, como parte de su formación integral, estando a tiempo en los horarios establecidos para su atención y en los actos programados por la escuela;

8.- comunicar a sus padres o tutores los avisos institucionales de la escuela dirigidos expresamente a ellos;

9.- no usar teléfonos celulares, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros durante las actividades lectivas salvo cuando sean utilizados con fines educativos

10.- actuar con respeto hacia sus compañeros, no permitiéndose, en ningún caso, el ejercicio de violencia de ningún tipo ni por ningún medio;

11.- abstenerse de provocar pleitos o reñir dentro y en los alrededores del plantel escolar;

12.- guardar respeto a los valores y símbolos patrios conforme a la normatividad aplicable;

13.- guardar las previsiones y actuar conforme a la normatividad aplicable;

14.- abstenerse de vender producto alguno dentro de la escuela;

15.- respetar y cuidar las instalaciones y equipo de la escuela, haciendo uso adecuado de los bienes y servicios del plantel escolar que pone a disposición de alumnos, profesores y padres de familia;

16.- las demás que sean propias de la naturaleza de su condición escolar y las que se establezcan en el presente y otros ordenamientos aplicables.

ACTOS DE INDICIPLINA.

Los actos que ameritan la imposición de medidas disciplinarias a los alumnos se clasifican en actos leves, graves y muy graves.

El acto leve de indisciplina lo constituirá:

1.- no respetar la debida atención a sus actividades escolares y al maestro;

2.- realizar actividades o juegos ajenos a las actividades escolares autorizados por el maestro en el salón de clase;

3.- dirigirse a otros alumnos en forma irrespetuosa;

4.- distribuir propaganda de cualquier tipo sin la autorización de la dirección de la escuela;

5.- realizar y/o dar promoción a actividades en nombre de la escuela sin la debida autorización de la autoridad escolar;

6.- usar teléfonos celulares, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros durante las actividades lectivas, salvo cuando sean utilizados con fines educativos;

7.- ocasionar daños y prejuicios a recursos materiales y bienes de plantel escolar; alumnos y personal escolar, de forma no intencional, y

8.- utilizar los equipos y material de la escuela para fines diversos a los estrictamente educativos.

El acto grave de indisciplina lo constituirá:

1.- realizar actos que lesione o perjudiquen seriamente las actividades educativas;

2.- cometer actos en contra de la moral y las buenas costumbres socialmente aceptadas tanto en el interior como en los alrededores de la escuela;

3.- distribuir, poseer o consultar cualquier medio en la escuela material pornográfico;

4.- utilizar lenguaje soez, indecente o vulgar para referirse a otra persona o alumno y agredir verbalmente a sus compañeros o cualquier integrante de la comunidad escolar;

5.- desobedecer o faltar al respeto al personal escolar;

6.- abandonar el salón de clases o plantel escolar sin conocimiento o autorización del maestro o de la autoridad escolar;

7.- planificar y/o participar en el abandono del plantel escolar de  dos o más alumnos sin autorización del maestro o de la autoridad escolar, y

8.- no presentarse puntualmente o no asistir reiterativamente a su horario escolar y las actividades escolares que le convoque la escuela.

El acto muy grave de indisciplina lo constituirá:

1.- agredir al personal escolar o a cualquier persona por cualquier medio;

2.- llevar a cabo acoso escolar físico, verbal, sicológico, exclusión social, sexual y cibernético contra sus compañeros;

3.- asociarse con otros compañeros para llevar a cabo acoso escolar;

4.- causar o participar en disturbios o actos vandálicos que obstruyan o afecten el servicio educativo, así como la destrucción parcial o total de las instalaciones, mobiliario y equipo de la escuela;

5.- portar o usar en el plantel escolar cualquier instrumento considerado como arma blanca o de fuego, dispositivo, objeto o artefacto peligroso, aun cuando no sea de los prohibidos por la legislación aplicable;

6.- portar, consumir, vender o regalar en el plantel escolar cualquier tipo de sustancias toxicas. No se considerará como acto de indisciplina la portación y/o consumo por parte del alumno sustancias controladas o medicamentos recetados por un médico competente, según lo informen a la escuela los padres o tutores del menor;

7.- sustraes o apoderarse, destruir o dañar intencionalmente, dentro del plantel escolar, bienes y documentación pertenecientes a la escuela, al personal escolar, a los alumnos y demás integrantes de la comunidad escolar y terceros;

8.- alternar o falsificar la firma del padre o tutor en cualquier comunicado institucional de la escuela al padre o tutor para su firma;

9.- falsificar o alterar por cualquier medio físico, electrónico o mecánico, cualquier documento oficial; y

11.- poner en peligro con su actuación la integridad de alguna persona de la comunidad escolar.

DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS

L as medidas disciplinarias a que se estarán sujetos los alumnos conforme a la falta cometida son:

a)    Para los actos leves de indisciplina se consideran las siguientes medidas:

1.- dialogo con el alumno sin la presencia de sus compañeros;

2.- dialogo con el grupo;

3.- apercibimiento o llamada de atención verbal, al alumno en privado, y

4.-reporte de indisciplina por escrito, con copia para los padres o tutores, de cuya recepción deberán estos entregar evidencia al maestro de grupo o al personal escolar responsable; el reporte y la evidencia de recepción se agregaran al expediente del alumno.

b)    Para los actos graves de indisciplina se consideraran las siguientes medidas:

 1.- comunicación por escrito a los padres o tutores para que acudan al plantel escolar a entrevistarse con quien corresponda, en relación con el acto de indisciplina cometido por el alumno; la comunicación y el informe de la entrevista, se agregaran al expediente personal del alumno;

2.-  tareas y actividades escolares extra clase tendientes a concientizar al alumno respecto de su acto de indisciplina y las consecuencias del mismo;

3.- amonestación por escrito al alumno con aviso al padre de familia sobre indisciplina reincidente, misma que se agregara al expediente personal, y

4.- firma de carta de los padres o tutores y del alumno dirigida a la autoridad escolar, mediante la cual expresen su compromiso de contribuir con el mejoramiento de la conducta del propio alumno y aceptar el apoyo profesional especializado, donde exista la posibilidad de otorgarlo, cuando sea requerido por la autoridad escolar, documento que se agregara al expediente personal.

c)    Para los actos muy graves de indisciplina se consideraran las siguientes medidas:

1.- cambio a un grupo paralelo dentro de la misma escuela, donde las condiciones lo permitan;

2.- no asistencia a eventos escolares como excursiones, actividades deportivas, fiestas escolares, y demás actividades similares;

3.- suspensión dentro de la escuela al alumno que reincida en actos de indisciplina, en clase especifica o días escolares de acuerdo al presente ordenamiento y atendiendo a las condiciones de cada plantel, realizando actividades dirigidas a reparar los daños causados y con el consenso de los padres de familia o tutores y supervisadas, en donde sea posible, por el personal escolar, y

4.- cambio de escuela en los casos donde las condiciones lo permitan, asegurando el derecho a la educación así como lo establecido por el Artículo 182 de la Ley de Educación y el Articulo 63 del Reglamento.

Son obligaciones de los padres de familia:

1.- mandar a sus hijos con puntualidad a sus clases y a todas las actividades que obligatoriamente se realicen en la instalación escolar.

2.- participar y apoyar en el mejoramiento del servicio educativo y logro del propósito de una educación integral.

3.- notificar al director y maestro del centro escolar cuando por algún motivo su hijo tenga que retirarse del plantel o no se presente al mismo.

4.- procurar la comida de su hijo antes de ingresar a la escuela, evitando estados de desaliento y falta de interés por el estudio.

5.- cuidar la salud de sus hijos a través de una alimentación balanceada, carente de productos chatarras, como refrescos, dulces, fritangas, etc.

6.- participar en las actividades que la escuela organice con fines educativos y de evaluación del proceso formativo de los alumnos.

7.- vigilar que se cumplan con los materiales de trabajo solicitados por los docentes, así como útiles escolares requeridos.

8.- enseñar valores en la familia como honestidad, respeto, responsabilidad, tolerancia… que les permitan la convivencia pacífica, en sus relaciones con las demás personas.

9.- cumplir con los llamados cuando el docente le requiera en casos particulares o de incumbencia general, en su caso.

10.- dirigirse a los docentes con moderación y respeto cuando se traten problemas relacionados con sus hijos.

 

jueves, 11 de abril de 2013

Todo referente a las Cartillas de Evaluación 2012 - 2013


Compañeros docentes, les proporciono el siguiente recurso para conocer y disipar las dudas referentes al registro y llenado de la Cartilla de Evaluación de Educación Básica solo tienes que dar clic aquí o ingresar a la siguiente liga:
http://www.consultasrodac.sep.gob.mx/cartilla/ en donde podrás consultar información sencilla y valiosa al respecto.
Espero y les sea de gran ayuda y de utilidad para nuestra labor docente.

Convocatoria de Cambios de Adscripción 2012 - 2013

Compañeros docentes el día viernes 22 de marzo en el portal de la Secretaria de Educación Jalisco fue públicada la Convocatoria de cambios a través de La Comisión Estatal Mixta de Cambios (SEJ-SNTE) faculta a las Subcomisiones de cada nivel educativo y modalidad educativa para la realización de las actividades inherentes al proceso de cambios de adscripción, y convoca a los trabajadores de la Educación de los Niveles Educativos de Preescolar, Primaria, Secundarias Generales, Secundarias Técnicas, Educación Física, Educación Inicial y Educación Especial que deseen solicitar cambio de adscripción.
Si deseas conocer los requisios da clic en las siguientes ligas:
convocatoria_para_cambios_de_adscripcion_2013-2014_estatal.pdf
convocatoria_para_cambios_de_adscripcion_2013-2014_federal.pdf

ACUERDO número 685 por el que se modifica el diverso número 648 por el que se establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica.



ACUERDO número 685 por el que se modifica el diverso número 648 por el que se establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38, fracción I, inciso a) de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 12, fracciones I y XIV, 47, fracción IV y último párrafo, 50 y 60 de la Ley General de Educación; y 1, 4 y 5, fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que el 17 de agosto de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 648 por el que se establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica;

Que no obstante que en su artículo Quinto Transitorio el referido Acuerdo estableció su revisión y, en su caso, actualización al año de su entrada en vigor, a partir de su implementación se han detectado algunas situaciones que de no corregirse, repercutirán negativamente en los educandos y por tanto, en el sistema educativo nacional;

Que no obstante que el 19 de agosto de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 592 por el que se establece la articulación de la educación básica, se debe reconocer que dicha articulación aún se encuentra en proceso de consolidación;

Que el proceso educativo debe atender y responder a las peculiaridades y necesidades de desarrollo que requieren los alumnos, en cada uno de los niveles que comprende la educación básica, de acuerdo a sus distintas edades. En este sentido, es menester reformular los criterios que serán empleados para evaluar el desempeño de los alumnos que cursan la educación preescolar, así como aquellos empleados para determinar la promoción de grado en los primeros tres años de la educación primaria, y

Que la emisión del Certificado de Educación Básica prevista en el Acuerdo 648, no debe ser obstáculo para que los educandos que finalizan el sexto año de primaria cuenten con el Certificado de Educación Primaria, documento que les permitirá comprobar legalmente haber cursado todos los grados de dicho nivel educativo;

Que en razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO NUMERO 685 POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO NUMERO 648 POR EL QUE SE
ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACION, ACREDITACION, PROMOCION Y
CERTIFICACION EN LA EDUCACION BASICA

ARTICULO UNICO.- Se reforman los artículos 7o., 15o., en su numeral 15.2 y se adiciona un párrafo al artículo 5o., así como un artículo 17 Bis, al Acuerdo número 648 por el que se establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica, para quedar como sigue:

"Artículo 5o.- ...

a) ...

b) ...

En el caso de la educación preescolar, y una vez que el alumno concluya dicho nivel educativo, en la Cartilla de Educación Básica se deberá asentar la leyenda: "CONCLUYO SU EDUCACION PREESCOLAR".

....

....

....

Artículo 7o.- En la educación preescolar, la evaluación del desempeño del alumno es exclusivamente cualitativa, por lo que el docente, con base en las evidencias reunidas durante el proceso educativo, únicamente anotará en la Cartilla de Educación Básica, sus observaciones y recomendaciones para que los padres de familia o tutores contribuyan a mejorar el desempeño de sus hijos o pupilos, sin emplear para ello ningún tipo de clasificación o referencia numérica.

Los momentos de registro de evaluación de la educación preescolar se llevarán a cabo en los siguientes periodos:

MOMENTOS DE REGISTRO DE EVALUACION EN EDUCACION PREESCOLAR
MOMENTO
DE CORTE
LAPSO ESTIMADO DE
EVALUACION
REGISTRO Y COMUNICACION DE LOS
RESULTADOS DE LA EVALUACION
Noviembre
Del inicio del ciclo escolar al mes de noviembre.
Antes de que concluya el mes de noviembre.
Marzo
De diciembre a marzo de cada ciclo escolar.
Antes de que concluya el mes de marzo.
Julio
De abril a julio de cada ciclo escolar.
Durante los últimos cinco días hábiles del ciclo escolar correspondiente.

El conocimiento de los resultados de las evaluaciones parciales por parte de los padres de familia o tutores, no limita su derecho a informarse sobre el desempeño escolar de sus hijos o pupilos en cualquier momento del ciclo escolar.

Artículo 15.- ...

15.1.- ...

15.2.- Segundo periodo: educación primaria.

Grado
Escolar
Criterio de
Acreditación
Criterios de Promoción de Grado
Primero
La acreditación de los grados primero, segundo y tercero de la educación primaria se obtendrá por el solo hecho de haberlos cursado.
El alumno que concluya un grado escolar en este periodo, será promovido al siguiente grado.
En el supuesto de que un alumno de segundo o tercer grado no haya alcanzado los aprendizajes correspondientes, podrá permanecer en ese grado por otro ciclo escolar. Esta determinación podrá adoptarse por el docente, por una sola vez, cuando el educando obtenga un promedio de grado inferior a 6.0.
Segundo
Tercero

15.3.- a 15.4.- ...

Artículo 17 Bis.- Certificado de Educación Primaria: Al concluir los estudios de educación primaria, de conformidad con los requisitos establecidos en el plan y los programas de estudios, la autoridad educativa competente expedirá el Certificado de Educación Primaria. Este Certificado podrá expedirse en versión impresa o electrónica y deberá sujetarse a los estándares de contenido, diseño y seguridad que al efecto establezca la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal en las normas de control escolar aplicables."

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Acuerdo.

TERCERO.- Durante el ciclo escolar 2012-2013, y a partir del lapso estimado de evaluación, comprendido entre los meses de diciembre y marzo, en las Cartillas de Educación Básica destinadas a evaluar el desempeño de los alumnos que cursan la educación preescolar, deberá omitirse el ubicar al alumno en alguno de los niveles de desempeño indicados en las mismas.

CUARTO.- Antes del inicio del ciclo escolar 2013-2014, la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, en coordinación con las autoridades locales y demás instancias competentes expedirá las disposiciones correspondientes para la evaluación, acreditación, promoción y certificación de la educación básica.

México, D.F., a 2 de abril de 2013.- El Secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor.- Rúbrica.

 

miércoles, 13 de febrero de 2013

Instrumento SABe3


Instrumento SABe3

Los instrumentos de Seguimiento al Aprendizaje del Bloque SABe, se ofrece a las escuelas primarias de Jalisco a fin de apoyar el proceso de evaluación de los aprendizajes del Bloque 3.
La formulación de los instrumentos SABe de primaria se realizó a solicitud de la Coordinación de Educación Básica y fue posible gracias a la conformación de un equipo técnico de docentes de primaria, que con gran esfuerzo adicional a su trabajo frente a grupo, elaboraron reactivos alineados a los contenidos y ejes de los aprendizajes esperados en el bloque 3. Los nombres de los docentes con participación permanente aparecen en la portada de las pruebas.

El paquete del instrumento SABe,de Seguimiento al Aprendizaje del Bloque 3 además de las pruebas para todos los grados de primaria, incluye un Formato de registro de aciertos para calcular porcentajes de respuesta por reactivo y niveles de logro y una Encuesta para evaluar el instrumento SABe.
PARA DESCARGAR LOS ARCHIVOS SABe3 DA CLIC EN LAS LIGAS:

1._SABe3_1_a_6_P.zip

4._SABe3_Tren_respuestas_1_a_6_.zip

6.Encuesta_SABe3_Primaria.xlsx

martes, 12 de febrero de 2013

Consulta Escolar SEJ


Consulta Escolar SEJ


Compañeros docentes, la Secretaria de Educación Jalisco ha puesto a la disposición la siguiente liga http://consultaescolar.jalisco.gob.mx/escolar/ para la consulta por parte de los Padres de Familia, Alumnos y Autoridades Educativas de las calificaciones de sus hijos y/o alumnos en los tres niveles de educación básica (Preescolar, Primaria y Secundaria), es sencilla su consulta para lo cual debemos de orientar y facilitar al Padre de Familia y/o Tutor los siguientes datos: MATRICULA DEL ALUMNO y CLAVE DEL CENTRO DE TRABAJO.
PASOS A SEGUIR:

Ingresar el Número de Matrícula del alumna(o) a consultar. (APARECEN EN LA IAE o BOLETA DE CALIFICACIONES)
Seleccionar el Nivel en el que se encuentra (Preescolar, Primaria o Secundaria).

Ingresar la Clave de Centro de Trabajo de la Escuela.
Seleccionar el Grado de la alumna(o) y dar Ingresar.

Se abrirá una nueva pantalla en ella debemos seleccionar dando clic en CALIFICACIONES, si existen hermanos o alumnos con los mismos apellidos debemos SELECCIONAR UN ALUMNO dando clic en la pestaña (lado derecho) y listo aparecen sus calificaciones.

Espero y sea de utilidad para nosotros los docentes, padres de familia y alumnos

sábado, 2 de febrero de 2013

Evento de homenaje a docentes jubilados

El saber de un maestro tiene la fuerza y el poder para transformar la vida de un niño, un adolecente y hasta un adulto. Se les ha concedido el honor de educar a un ser capaz e inteligente y un buen maestro sabe usar esa capacidad para utilizarla en beneficio de ese ser, de una comunidad y también podría impactar una nación.

30 de servicio educativo se dicen fácil pero vivirlos pocos tienen el privilegio de alcanzarlo, por eso el personal administrativo, docente, de apoyo y el grupo USAER de nuestra institución educativa, tuvo a bien sumarse al merecido reconocimiento a los maestros jubilados durante el ciclo escolar 2012 - 2013.

Nuestra participación fue a través del bailable "La tortuga del arenal" del Estado de Chiapas; dando muestra de entrega y entusiamo por dicho momento.

¡Felicidades maestros! su entrega y participación permitió crecer con un objetivo común.